Referencia.- RTF 6144-4-2021 de 14-7-21 

Cuando les sucede el caso que se emitió una factura por venta de mercadería y sucede que no se llevan los productos del almacén de la empresa y en el año siguiente se anula la operación con  Nota de Crédito, tengan conocimiento que los ingresos producto de la Nota de crédito deben disminuirse en el ejercicio anterior u original donde se emitió la factura.

De esta manera ocurrió en el caso de la Referencia, es decir emiten la nota de crédito en el segundo año y el Tribunal indicó que no procede que a consecuencia de esa anulación disminuya los ingresos del ejercicio fiscalizado (segundo año) sino los del anterior, pues en ese ejercicio no debió reconocerse ingreso alguno por dicha venta, dado que hasta su cierre no había ocurrido el devengo del ingreso.